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Para contratar una póliza, el Asegurado debe completar un formulario denominado "Solicitud del Seguro". Este formulario requiere información personal y médica, el tipo de póliza y Capital Asegurado que se quiere contratar. La Compañía utiliza ésta información para determinar si emitirá la póliza o no, por lo tanto, es importante que se contesten todas las preguntas completa y honradamente, de lo contrario la cobertura puede ser afectada. Si una persona ajena completa la solicitud en lugar del Asegurable, éste deberá examinar su exactitud antes de firmarla.

Cuando la póliza es emitida, la solicitud se convierte en parte de la misma y, cualquier información errónea que se haya hecho puede resultar en la disminución del Capital Asegurado, de la cobertura, en la rescisión o la nulidad de la póliza.

La decisión de la Compañía de asegurar la vida de un Asegurado se basa en la solicitud, el examen médico, si es requerido, declaraciones del médico del Asegurable y cuestionarios especiales.

Si el Asegurador determina que el Asegurable cae en una clase subestándar (o sea que el riesgo de muerte es mayor a lo normal), su cobertura se considera un riesgo agravado, lo que significa que la prima será mayor que la de una prima normal o estándar. Se debe tener en cuenta que una clasificación subestándar se basa en el juicio individual de un Asegurador y los requisitos de una Compañía. Es posible que una Compañía diferente conceda una clasificación más baja o más alta. Esta es otra razón para comparar al comprar Seguros de Vida.

Una vez contratado el seguro, se debe tener en cuenta que en las pólizas de Seguros de Vida deben estar especificados los casos en que el Asegurado debe denunciar la agravación del riesgo. Si no lo hace, la Compañía puede rescindir el contrato.

Es conveniente que:

" El beneficiario sepa el tipo de póliza que el Asegurado tiene, cualquier cambio que éste haga y dónde mantiene guardada la misma.

" El Asegurado nombre un beneficiario adicional (secundario) en caso de que el beneficiario primario muera antes que él.

" El Asegurado seleccione cuidadosamente la opción de liquidación del Capital Asegurado, la cual determinará el método por el cual la Compañía pague el beneficio (pago único, en cuotas, etc.).

No es necesario obtener los servicios de un abogado o pagarle a ninguna persona para hacer un reclamo por una póliza de seguro. Simplemente, se debe comunicar con el productor o Compañía de Seguros.

El beneficiario tiene un año, contado desde que conoce la existencia del siniestro, para reclamar la indemnización, pero en ningún caso excederá tres años, contados desde la ocurrencia del siniestro. Pasado ese plazo, el seguro prescribe.

Siempre hay alguna demora entre la fecha de solicitud y la fecha en la cual el seguro entra en vigor. Durante este período, no hay seguro vigente a no ser que el solicitante haya pagado una prima con la solicitud y se haya emitido un recibo provisional de cobertura.

¿QUÉ CONTIENE UNA PÓLIZA?

En los Seguros de Vida Individuales, la prima que paga el Asegurado (prima nivelada) está compuesta de dos partes; una, llamada "prima de riesgo" o "prima natural", que sirve para hacer frente a los siniestros del año, y otra, denominada "prima de ahorro", que acumulada a los intereses financieros y de supervivencia, sirve para constituir la reserva matemática. Así, puede verse que las reservas matemáticas son sumas anticipadas por los Asegurados para cubrir riesgos futuros; es decir, un pasivo del Asegurador.

Luego de transcurridos tres años (como máximo) desde la celebración del contrato y hallándose el Asegurado al día en el pago de las primas, el Asegurado puede cancelar la cobertura a cambio del valor de rescate, que es un porcentaje de la reserva matemática acumulada. El Asegurado también puede, en lugar de cancelar la cobertura, continuar cubierto por un Capital Asegurado menor (Seguro Saldado) o por un plazo menor (Seguro Prorrogado). En estos dos casos, el Asegurado deja de pagar primas.

Además, el Asegurado puede pedir préstamos contra el valor de rescate, pagando una tasa de interés que se especifica en la póliza. Si los préstamos no se devuelven, el Capital Asegurado se verá reducido en consecuencia.

" Plazo de gracia: Habiendo pagado la primera prima, si el Asegurado no paga las demás primas antes de su vencimiento, se le otorga un mes adicional como período de gracia durante el cual la póliza permanece en vigor.

" Préstamos automáticos: Se pueden pactar con la Aseguradora préstamos automáticos para el pago de primas no abonadas en término.

" Rehabilitación: En caso de rescisión de la póliza por falta de pago, el Asegurado puede en cualquier momento restituir el contrato a sus términos originarios, con el pago de las primas y los intereses correspondientes al plazo durante el cual, la póliza estuvo rescindida.

11.- PUNTOS A TENER EN CUENTA CUANDO SE CONTRATA UN SEGURO DE VIDA

" Inicio y fin de cobertura: En el Frente de Póliza debe estar claramente especificado el inicio y el fin de vigencia de la póliza.
" El Asegurable deberá tener presente que, cuando la cobertura del seguro finalice a una edad avanzada (mayor a 60 años), le será muy difícil renovar o contratar un nuevo seguro.
" Capital Asegurado: El Asegurado debe tener en cuenta si existe alguna reducción de Capital a una determinada edad.
" Cláusulas Adicionales: Se debe tener en cuenta el Capital Asegurado, hasta qué edad lo cubre y cuál es el costo de las mismas.
" El Asegurable deberá tener en cuenta si existen Carencias y/o Franquicias estipuladas en la póliza y, de ser así, si las mismas se adecuan a sus necesidades.
" En los Seguros de Vida con Ahorro, se debe tener en cuenta la tasa a la que se efectúa la proyección.
" En los Seguros de Vida Individuales, la Compañía está obligada a entregar la póliza al Asegurado.
" En los Seguros Colectivos, se le otorga a cada Asegurado un certificado individual de cobertura mientras que la póliza es entregada al Tomador/Contratante.
" El beneficio del seguro deberá ser abonado por la Compañía dentro de los 15 días de presentadas las pruebas requeridas.
" El seguro se puede celebrar sobre la vida del Contratante o de un tercero.
" En el caso de los Seguros de Vida, se requiere el consentimiento por escrito del tercero o de su representante legal si fuera incapaz.
" No se pueden contratar seguros de muerte sobre la vida de los interdictos y de los menores de 14 años.
" Una vez transcurridos tres años ininterrumpidos desde el inicio de vigencia de la póliza, la Compañía está obligada a cubrir el suicidio voluntario.

 

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